¿Qué es el matrimonio y cómo es posible una declaración de nulidad matrimonial?

El matrimonio es por el plan de Dios, un consorcio exclusive y duradero entre un hombre y una mujer para dar y recibir amor y para la procreación y educación de los hijos. Un matrimonio válido también es un sacramento para todas las personas bautizadas, y lo convierte en un vínculo perpetuo e indisoluble. Sin embargo, una declaración de nulidad puede ser otorgada si la evidencia demuestra que desde el principio del matrimonio – en el momento del consentimiento – sufrió de un defecto básico y profundo y por lo tanto, fue inválido. La Iglesia Católica presume que cada matrimonio, o al menos cada matrimonio inicial, incluyendo un matrimonio entre dos personas no Católicas, es válido. Una declaración de nulidad no niega que una relación real existió, ni implica que los partidos entraron al matrimonio con mala voluntad o falta moral. La iglesia simplemente está diciendo que la relación no llegó a tener por lo menos uno de los elementos esenciales para formar un vínculo para toda la vida.

¿Cómo pido una declaración de nulidad?

Todas las peticiones para una declaración de nulidad deben de ser sometidas al Tribunal por medio de su parroquia local. Debe obtener un decreto de divorcio antes de que su caso sea sometido ya que todas las cuestiones acerca de la custodia de los hijos deben de haber sido resueltas. Usualmente, un pastor, administrador, diácono o alguien más que haya sido nombrado en la parroquia como un asistente de casos trabaja con los Demandantes que quieren presentar su(s) caso(s) al Tribunal.

La mayoría de los casos de revisión matrimonial requieren un cuestionario preliminar, una declaración formal y una lista de testigos. Sin embargo, usted se puede encontrar con su asistente de casos en la parroquia para obtener estos documentos (especialmente si no está seguro(a) de cuáles son los formularios que necesita) o los puede imprimir directamente de aquí. Le sugerimos que haga copias de los documentos que le va a entregar a su asistente de casos antes de que deje la información con él/ella para ser enviada.

Los Católicos que no hayan sido casados en la Iglesia Católica, no recibieron una dispensación (permiso) para casarse fuera de la Iglesia Católica y no convalidaron (recibieron una bendición en la Iglesia Católica), deben de completar el formulario titulado Lack of Form (Falta de Forma Canoníca).

¿Y qué va a suceder con mi ex cónyuge?

El Tribunal debe de contactar a su ex cónyuge, conocido como el/la Demandado(a). Por lo tanto, el Tribunal necesita una dirección correcta y actual; para su ex cónyuge. Al Demandado también se le pedirá que participe en el proceso. La participación de él/ella le ayuda mucho al estudio de su caso. Si hay suficiente evidencia, podríamos dar una decisión aun si el/la Demandado(a) decide no participar en el proceso.

¿Y los testigos?

Cada caso requiere de testigos. Los testigos claves son aquellos que conocían a la pareja antes del matrimonio y en el momento del matrimonio.

¿Cuánto tiempo se demora?

En general, el tipo de caso que más comúnmente procesamos es el caso formal; también es el más largo. Existen muchos factores que afectan la cantidad de tiempo que se demora un caso formal, tal como la involucración de los partidos, la cooperación de los testigos y la revisión mandatoria de la Corte de Apelación. En este momento un caso formal se demora entre doce a catorce meses.

¿Hay una tarifa para el proceso?

Una tarifa no reembolsable de $40.00 debe de ser sometida con el cuestionario preliminar. Luego, el costo del proceso será basado sobre su ingreso. Se puede hacer un arreglo con la Diócesis para darle un arreglo de pagos que se haya acordado. A nadie se le niega el proceso por falta de fondos.

¿Afecta la legitimad de mi(s) hijo(s)?

No. La legitimidad de los hijos es determinada por las leyes de los estados. Algunas personas piensan que una declaración de nulidad torna a los hijos ilegítimos porque piensan que esta significa que el matrimonio nunca existió. Estos dos puntos de vista son incorrectos. Así como el divorcio no hace a los hijos ilegítimos, tampoco lo hace una declaración de nulidad otorgada por la Iglesia; esta no tiene efecto sobre el estatus de los hijos. Se considera que tienen la misma dignidad de cualquier persona, ya que todos somos creados a la imagen y semejanza de Dios.

Pero no soy Católico(a), ¿por qué necesito una declaración de nulidad de la Iglesia Católica?
La Iglesia Católica presume que todo matrimonio – aunque involucre un Católico o no – es válido hasta que lo contrario haya sido comprobado. También considera que cualquier intercambio de consentimiento matrimonial liga a la persona al matrimonio, sin importar dónde se intercambió el consentimiento. Es por esta razón que la iglesia debe examinar el matrimonio anterior de una persona no Católica que se quiere casar con un católico o quiere unirse a la Iglesia Católica, ya que debe averiguar si el consentimiento puede ser considerado valido.

¿Hay confidencialidad en este proceso?

En vista de la naturaleza de la información, prometemos un grado limitado de confidencialidad. Solo los oficiales del Tribunal tienen el derecho de ver toda la información proporcionada para poder juzgar el caso apropiadamente. El Demandante y el Demandado tienen el derecho de ver la información proporcionada por el otro partido y los testigos para poderse defender.

Glosario del Tribunal

Demandante: persona pidiendo la nulidad

Demandado: el otro partido

Competencia: la corte debe tener jurisdicción para oír un caso. Existen cuatro maneras por las cuales un Tribunal puede tener competencia: el domicilio del Demandado, el domicilio del Demandante, el lugar donde se celebró el matrimonio o el lugar donde hayan más pruebas.

Motivos: razones en la ley canónica bajo las cuales se pueda oír su caso de matrimonio.

Pasos Hacia una Declaración de Nulidad:

Cuestionario Preliminar, Declaración Formal y Lista de Testigos: el cuestionario preliminar y la declaración formal cubren los hechos de su matrimonio y también hace preguntas a fondo para encontrar motivos para oír su caso. La lista de testigos proveerá los nombres y direcciones de los testigos.

Financiamiento, Petición, Mandato y Aceptación:El Tribunal le enviará un acuerdo de pagos, una petición para que este Tribunal escuche su caso y un mandato para designar su abogado defensor (no se trata de un abogado civil). En cuanto la competencia (jurisdicción para oír su caso en este Tribunal) haya sido establecida, aceptaremos su caso.

Citación del Demandado: el Demandado será contactado y se le pedirá que ofrezca su testimonio y testigos.

Litiscontestación: le explicará qué motivos se están utilizando para oír su caso.

Citación de los Testigos: los testigos serán contactados por correo y se les pedirá que respondan a un cuestionario por escrito.

Publicación de los Actos: se les ofrecerá al Demandante y al Demandado la posibilidad de ver los actos del caso (todos los testimonios).

Conclusión del Caso: no se aceptaran más testimonios o cambios en el caso.

Proceso de Audiencia: el caso será revisado por los abogados y el defensor del vínculo, y luego el Juez tomara su decisión y la sentencia se hará disponible para los partidos.

Segunda Instancia: el caso ira a la Corte de Apelaciones para una confirmación de la decisión.